Los curadores urbanos tendrán un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles para pronunciarse sobre las solicitudes de licencia, contados desde la fecha en que la solicitud haya sido radicada en legal y debida forma.
Trámites
Licencia de Urbanización en la Modalidad Desarrollo
Licencia de Urbanización en la Modalidad Saneamiento
Licencia de Urbanización en la Modalidad Reurbanización
Licencia de Parcelación
Licencia de Parcelación en la Modalidad Saneamiento
Reconocimiento de la Existencia de Edificaciones
Licencia de Subdivisión Urbana y Rural
Licencia de Subdivisión en la Modalidad Reloteo
Licencia de Construcción en la Modalidad Ampliación
Licencia de Construcción en la Modalidad Modificación
Licencia de Construcción en la Modalidad Adecuación
Licencia de Construcción en la Modalidad Reforzamiento Estructural
Licencia de Construcción en la Modalidad Demolición